Artículo 8. Selección del personal. Los Sujetos Obligados, al momento de hacer la selección de su personal, deberán aplicar procedimientos que aseguren razonablemente la integridad de sus empleados, debiendo contar con los requisitos mínimos siguientes:
- Verificar la veracidad de los datos e informaciones aportados por los reclutados;
- Corroborar las referencias aportadas de trabajos anteriores;
- Requerir un certificado de no antecedentes penales, emitido por la Procuraduría General de la República Dominicana;
- Constar que cuentan con niveles de capacidad acordes con la función a realizar;
- Obtener cualquier otro documento adicional que oriente a la entidad sobre la integridad e idoneidad del personal.